Así se ve un análisis de NormAustral
Análisis real de Av. Ambrosio Olmos 800, Nueva Córdoba (lote de 12×30m). Todo lo que ves abajo es lo que recibís para tu propia dirección.
Fuente normativa modificada. Ord. 13610 a 13621/2025 (promulgadas el 2-ene-2026) cambiaron la zona de sectores puntuales de la ciudad. Ord. 13608/2025 (promulgada el 26-dic-2025) creó un régimen optativo para un sector de la ciudad. La revisión de fuentes del 12 de octubre de 2026 todavía no acreditó ningún cambio contra el texto de la norma: quedaron 4 puntos pendientes de lectura. Además se halló una norma posterior que todavía no se leyó: Ord. 13310/2022. Si tu lote está en uno de esos sectores, la zona y los valores de este informe pueden no ser los que le corresponden hoy: confirmalo con el municipio. El estado de cada norma posterior, con el enlace de las que lo tienen publicado, está en la sección «Vigencia de las fuentes» de la metodología de Córdoba Capital: https://www.normaustral.com/metodologia/cordoba-capital#vigencia-de-las-fuentes
Zona urbanística
Clasificación y normativa aplicable
ZONA_B
Área Intermedia
ℹ️Zona determinada por point-in-polygon: el lote se ubicó dentro del polígono de zonificación. Si el lote está sobre el borde de una zona o de una vereda, verificá el límite exacto con la Dirección de Planeamiento Urbano. Verificar en el Mapas Córdoba o consultar con la Dirección de Planeamiento Urbano.
En este lote podés construir hasta 2880 m² en 8 pisos + 2 bajo plano 45°.
Ocupación en planta baja: 288 m² (80% del lote) · Zona: ZONA_B
Resumen de Cumplimiento
Evaluación rápida de viabilidad normativa
Perfil de Edificación
B • 5px/m • Sistema Avanzado (plano 45°)
Parámetros urbanísticos
Índices y coeficientes aplicables
80%
Factor de ocupación del suelo
8.00 eq.
Equivalente FOS × pisos (no es límite explícito)
Superficie edificable efectiva: 2880 m²
Sistema de Control de Densidad
ZONA_B usa sistema PERFIL/PISOS (Ord. 8256/1986), NO FOT explícito. La edificabilidad se controla mediante: - FOS: 80% (288m² en PB) - Pisos principales: 8 niveles (hasta 23.5m) - Pisos bajo plano 45°: 2 niveles adicionales (retranqueados) - Altura máxima del cuerpo principal: 23.5m El "FOT 8.0" es un FOT EQUIVALENTE calculado (FOS × pisos totales), no un valor de la ordenanza.
Fórmula: Superficie = FOS × Lote × Pisos totales = 0.8 × 360m² × 10
Ejemplo: 0.8 × 360 × 10 = 2880m² teóricos
Superficie neta: Superficie estimada: 2880m² (FOS × pisos plenos; los retiros del perfil regulan la forma del volumen, no descuentan de este total)
23.5 m
Medidos desde la línea municipalPisos: 8 principales + 2 bajo plano 45°
8
Niveles permitidos
Fuente: Ord. 8256/1986 (Base - Ocupación del Suelo) · Ord. 8057/1985 (Ocupación del Suelo - Área Central) · Ord. 10006/1998 (Área Especial Av. Colón/Duarte Quirós) · Ord. 10998/2005 (Portal del Abasto) · Ord. 12483/2015 · Ord. 12596/2015 · Decreto 4689/2016 · Ord. 13460/2024 (FIS, subsuelo, vegetación) · Ord. 13557/2025 (Instrumentos Urbanísticos - reemplaza Ord. 12077)
Dimensiones del lote
12m × 30m = 360 m² (datos ingresados)
Dimensiones del lote
12m × 30m = 360 m² (datos ingresados)
12 m
30 m
360 m²
Verificá que estos datos coincidan con tu mensura o plano catastral. El "frente" es el lado que da a la calle.
Retiros obligatorios
Distancias mínimas desde linderos
Patios de ventilación e iluminación
Dimensiones mínimas según altura del edificio
Patio de 1ra categoría
Superficie mínima: 61.36 m²
Fórmula: H/3 = 23.5m / 3
Ventila: estar, comedor, dormitorio, escritorio
Ord. 9387/1995 — Art. 4.3 (Patios de iluminación y ventilación)
Los patios mínimos suman 83.5m² (29% de la PB). Condicionante importante del proyecto — considerar patios rectangulares para optimizar.
Patio de 2da categoría
Superficie mínima: 22.09 m²
Fórmula: H/5 = 23.5m / 5
Ventila: baño, cocina, lavadero, palier
Ord. 9387/1995 — Art. 4.3 (Patios de iluminación y ventilación)
Fraccionamiento y Subdivisión
Mínimos por parcela y umbral para dividir el lote en dos
Superficie actual
360 m²
Mínimo por parcela
250 m²
Frente actual
12 m
Mínimo por parcela
12 m
Para dividir en 2 parcelas
Superficie necesaria
500 m² (2 × 250) · el lote tiene 360 m²
Frente necesario
24 m (2 × 12) · el lote tiene 12 m
Lote válido (cumple mínimo de zona) pero no genera 2 lotes para subdivisión
Consideraciones importantes:
Fuente normativa:
Ord. 8256/1986 (inferido) + Disp. 195/64 DG
Estacionamiento requerido
Cocheras mínimas según normativa
33
cocheras requeridas
Tipo de uso
vivienda, 2 o más unidades funcionales
Superficie computable
2880.00 m²
Superficie total edificable efectiva (base del cálculo de cocheras)
Unidades funcionales
44 unidades
Fórmula aplicada:
Edificio de más de 4 unidades funcionales: ~0,75 cocheras por unidad = 33 cocheras
Advertencias - validación requerida:
Notas:
Fuente normativa:
Ord. 8256/1986 Art. 4.6 + Ord. 9387/95
Mixtura de usos del suelo
Actividades permitidas y prohibidas según zonificación
Usos permitidos
14 actividadesUsos prohibidos
3 actividadesImportante
Los usos prohibidos no pueden desarrollarse en esta zona bajo ninguna circunstancia. Consulte con la Dirección de Planeamiento Urbano para casos especiales.
Fuente normativa:
Ord. 8256/1986 (Córdoba)
Altura máxima según ancho de calle
Restricciones de altura según normativa local
23.5 m
Art. 34: No verificado — el ancho real de la calle no está medidoSin medir (supuesto de cálculo: 12 m)
Normativa aplicada
Art. 34 (Ord. 8256/86): No verificado — el ancho real de la calle no está medido
Advertencias importantes
Notas técnicas
Fuente normativa:
Ord. 8256/1986 Art. 34
Factor de impermeabilización del suelo (FIS)
Límite de superficie impermeable (Ord. 13.460/2024)
Zona ZONA_B: NO sujeta a FIS
La Ordenanza 13.460/2024 fija un límite de impermeabilización del suelo únicamente para las Zonas F (Art. 52°) y F5 (Art. 55° BIS). Esta parcela no tiene restricciones de FIS.
Fuente normativa:
Ord. 13.460/2024 (Córdoba)
Próximos Pasos
Estudios y profesionales necesarios para avanzar con el proyecto
Estudios y Trámites
Estudio de Suelos
Análisis geotécnico para determinar capacidad portante y tipo de fundación. Obligatorio para edificios en altura.
Cálculo Estructural
Dimensionamiento de estructura resistente (hormigón, acero, mampostería). Incluye planos y memorias de cálculo.
Profesionales Necesarios
ArquitectoEsencial
Diseño del proyecto, planos, dirección técnica y trámites municipales. Profesional principal del proyecto.
Ingeniero CivilEsencial
Cálculo estructural, fundaciones y memorias técnicas. Necesario para cualquier edificio en altura.
Nota: Esta lista es orientativa según las características del proyecto. Los requisitos específicos pueden variar según el municipio y la complejidad de la obra. Consultar con un profesional arquitecto para definir el alcance exacto de estudios necesarios.
Advertencias y consideraciones
Limitaciones y datos a verificar para este análisis
Factibilidad de servicios
Conexiones y costos de servicios públicos
Electricidad (EPEC (Empresa Provincial de Energía de Córdoba))
Agua Potable (Aguas Cordobesas S.A.)
Cloaca
Gas Natural (ECOGAS S.A.)
Datos verificados Nov 2025 (EPEC (Empresa Provincial de Energía de Córdoba)/ECOGAS S.A./Aguas Cordobesas S.A.)
Riesgo hídrico
Análisis de inundabilidad y eventos históricos
Evaluación pendiente
No hay datos verificados de riesgo hídrico para esta ubicación. Se recomienda consulta con la autoridad hídrica local antes de proyectar.
Restricciones constructivas
COTA MINIMA (Obligatorio)
Elevación sobre nivel de inundación 100 años
ESTUDIO PREVIO (Obligatorio)
Estudio hidrológico-hidráulico por profesional habilitado
TRANSPARENCIA HIDRAULICA (Obligatorio)
Permitir paso de agua durante inundaciones, evitar obstáculos
Pendiente del terreno
Análisis topográfico del lote
Pendiente Fuerte
Elevación: 428 m.s.n.m.
Impacto constructivo
Mercado inmobiliario
Datos oficiales IDECOR · Exclusivo Córdoba
Valor del suelo
$4.395.200/m²
Valor de la parcela catastral más cercana (1584 m²): $6.961.996.800
Sup. catastral: 1584 m² · Pedanía CAPITAL
El punto geocodificado no cae dentro de una parcela del mapa de valores de IDECOR; los datos catastrales corresponden a la parcela más cercana (a 15 m del punto), nomenclatura 1101010412030042. Verificar que sea la parcela del lote analizado. La superficie catastral (1584 m²) difiere de la analizada (360 m²). El valor total corresponde a la parcela catastral, no a la superficie cargada en el análisis — verificar la nomenclatura catastral del lote.
Alquileres de zona
$7.000/m²
Residencial (mensual)
Comercial: $10.200/m²
Comparables OMI
$1.484/m²
Promedio de 19 ventas (Dólar (USD))
Rango: $390 — $3.138/m²
Radio: 500m · Tipo: Edificado
Patrimonio
Sin catalogación parcelaria
La parcela no figura catalogada en el registro patrimonial (IDECOR). La zona puede tener restricciones propias — ver advertencias del análisis.
Análisis económico
Costos de construcción y viabilidad financiera
Muy económica
USD 1000 -1380/m²
Vivienda social • Terminaciones básicas • Sin lujos • Valor al dólar MEP/blue
Estándar
USD 1700 -2220/m²
Calidad media • Terminaciones convencionales • Aislamiento estándar • Valor al dólar MEP/blue
Superior
USD 2300 -2700/m²
Buenos materiales • Diseño arquitectónico • Climatización eficiente • Valor al dólar MEP/blue
Premium
USD 2800 -3110/m²
Materiales importados • Domótica • Sistemas energéticos avanzados • Terminaciones de lujo
Valores en USD al dólar MEP/blue (~$1.415-1.460). El costo en USD subió ~10% interanual y ~26% en 2025; verificar la cotización vigente y validar con un profesional local antes de proyectar.
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Análisis integral y recomendaciones para tu proyecto
1. Viabilidad general
Viable con verificaciones
2 de 4 parámetros cumplen; requieren verificación municipal: Subdivisión, Cocheras
2. Potencial constructivo
Sup. Total Edif.
2880 m²
8 pisos × 288m² + 2 bajo plano 45° (≈576m²)
Altura Efectiva
~8 pisos
Altura efectiva ~23.5m (≈ 8 pisos)
Superficie PB
288 m²
FOS 0.8
UF Techo
44 UF
Derivado de la superficie edificable (estimación) · ~65m²/unidad supuestos
UF Vendibles
≈ 34 UF
PROPUESTA · ~78% eficiencia
Superficie por piso
| Piso | Superficie | Altura (tope) |
|---|---|---|
| #1 | 288 m² | 2.9 m |
| #2 | 288 m² | 5.9 m |
| #3 | 288 m² | 8.8 m |
| #4 | 288 m² | 11.8 m |
| #5 | 288 m² | 14.7 m |
| #6 | 288 m² | 17.6 m |
| #7 | 288 m² | 20.6 m |
| #8 | 288 m² | 23.5 m |
Altura por piso: 2.94m
+2 pisos bajo plano 45° ≈ 576m² adicionales (superficie variable según el retiro escalonado que defina el proyecto — no se renderizan como filas porque dependen del arquitecto).
Distribución estimada por piso. En tipologías comerciales o pasantes, la PB puede destinarse parcialmente a local/cocheras y reducir la superficie residencial útil.
3. Alertas críticas
Cocheras obligatorias
Se requieren 33 cocheras según normativa
4. Restricciones aplicables
🏗️ Retiros
- • Frontal: Sin retiro · Línea municipal
- • Lateral: Entre medianeras
- • Fondo: No especificado Consultar municipio
💧 FIS (Impermeabilización)
✓ No aplica en Zona ZONA_B
📏 Ancho de calle
Sin medir (supuesto de cálculo: 12 m)
Art. 34: No verificado — el ancho real de la calle no está medido
5. Recomendaciones
- •Validar dimensiones reales con mensura profesional (las medidas pueden diferir del catastro)
- •Consultar Dirección de Planeamiento sobre posibilidad de excepción para subdivisión
- •Verificar el ancho de calle real con catastro municipal: con menos de 10 m rige el Art. 34 de la Ord. 8256 (ver «Altura máxima según ancho de calle»)
- •Planificar espacio para 33 cocheras (aprox. 413m²)
6. Próximos pasos
- 1
Mensura profesional
Contratar topógrafo matriculado para medición exacta del lote
- 2
Consulta pre-proyecto
Reunión con Dirección de Planeamiento Urbano municipal
- 3
Estudio de suelos
Análisis geotécnico para fundaciones y sistemas de drenaje
- 4
Proyecto arquitectónico
Diseño con arquitecto matriculado respetando retiros y restricciones
Nivel de confianza: Alto para normativa urbana (fuentes oficiales citadas) · a confirmar con el municipio: Retiro de fondo · no reemplaza la verificación municipal
Vigencia de las fuentes: fuente normativa modificada (revisión de fuentes del 12 de octubre de 2026)
⚠️ Riesgo hídrico: evaluación pendiente (no incluido en confianza)
Fuentes: Ord. 8256/1986 (Base - Ocupación del Suelo), Ord. 8057/1985 (Ocupación del Suelo - Área Central), Ord. 10006/1998 (Área Especial Av. Colón/Duarte Quirós), Ord. 10998/2005 (Portal del Abasto), Ord. 12483/2015, Ord. 12596/2015, Decreto 4689/2016, Ord. 13460/2024 (FIS, subsuelo, vegetación), Ord. 13557/2025 (Instrumentos Urbanísticos - reemplaza Ord. 12077)
Fuente normativa modificada (revisión de fuentes del 12 de octubre de 2026)
Información del Análisis
Av. Ambrosio Olmos 800, Córdoba
Córdoba
-31.4313603, -64.1908495
12 de octubre de 2026
AVISO LEGAL: Este análisis constituye una HERRAMIENTA DE APOYO ORIENTATIVA y no reemplaza el estudio urbanístico profesional requerido por las normativas municipales. Los resultados son de carácter informativo y se basan en las fuentes que cita este informe; la revisión de esas fuentes figura en el aviso «Fuente normativa modificada».
Se recomienda verificar con profesionales matriculados (arquitectos, agrimensores) y la autoridad municipal correspondiente antes de tomar decisiones o iniciar cualquier proyecto. El usuario asume la responsabilidad por el uso de esta información.
Resumen Ejecutivo
Generado con IA de Claude
Análisis Detallado
El FOS del 80% habilita una huella máxima en planta baja de 288 m², dejando 72 m² del terreno como superficie no edificable. Los retiros registrados para esta zona presentan la siguiente situación según la normativa relevada: el retiro frontal tiene un valor normativo de 0 —declarado por la Ord. 8256/86 y modificatorias, tabla de la zona—, lo que fija la posición de la construcción sobre la línea municipal, aunque este eje no tiene veredicto de cumplimiento respecto del proyecto y la implantación debe verificarse con el municipio; el retiro lateral también tiene un valor normativo de 0 —declarado por los Arts. 45 a 52 de la Ord. 8256/1986 para la tipología entre medianeras—, con igual situación de ausencia de veredicto de cumplimiento; y el retiro de fondo no está definido en la normativa relevada para esta zona, lo que no significa que no exista: el Código de Edificación (Ord. 9387) y las exigencias de iluminación y ventilación de patios pueden imponer separaciones aunque la zonificación no las fije explícitamente. Por esa razón, la superficie total construible de 2.880 m² que publica este análisis no descuenta el retiro de fondo y puede estar sobreestimada; corresponde verificar ese valor en la Dirección de Obras Privadas antes de proyectar. El lote proyecta entre medianeras sobre una parcela de frente contenido (12 m), lo que hace especialmente relevante la resolución de la sección transversal y la iluminación de locales principales. Esta zona usa el sistema de perfil y pisos establecido por la Ord. 8256/1986, y no trabaja con un FOT explícito en la ordenanza. La superficie total construible teórica normativa es de 2.880 m², resultado del FOS del 80% aplicado a los 360 m² del lote a lo largo de 10 niveles totales (8 pisos principales hasta los 23,5 m más 2 niveles adicionales retranqueados bajo el plano de 45°). Ese total es el teórico normativo: los 2 niveles bajo el plano de 45° tendrán plantas menores según el proyecto, con una huella que depende del diseño específico, pero el descuento real de esa reducción no está incorporado en el número de 2.880 m² ya que ese ajuste es propio de cada anteproyecto. La altura máxima del cuerpo principal es de 23,5 m, con los 2 pisos retranqueados por encima de ese umbral. Un dato crítico que condiciona la volumetría frontal es el Art. 34 de la Ord. 8256/86: si la calle sobre la que frenta el lote mide menos de 10 m, la fachada de frente tiene una altura máxima de 8 m y, por encima de esa cota, la edificación debe retirarse hasta alcanzar los 12 m medidos desde el eje de la calle; producido ese retiro, puede elevarse hasta la altura máxima de la zona. El análisis no conoce el ancho real de la calle —trabaja con 12 m como supuesto de cálculo— por lo que el estado del Art. 34 queda sin verificar; es indispensable medirlo en MapasCórdoba (https://mapascordoba.gob.ar) o consultar en la municipalidad antes de definir la volumetría. En cuanto a las restricciones particulares del lote, las construcciones en subsuelo admiten un máximo del 60% de la superficie del terreno (216 m²), con un 40% de superficie permeable obligatoria (144 m²). Respecto del Factor de Impermeabilización del Suelo (FIS), la Zona B no está sujeta a este indicador según la Ord. 13.460/2024, que lo aplica exclusivamente a las Zonas F y F5. En materia de fraccionamiento, el lote cumple los mínimos de la zona —superficie mínima de 250 m² y frente mínimo de 12 m— y es perfectamente edificable, pero no puede subdividirse en dos parcelas independientes: para ello serían necesarios 500 m² de superficie (2 × 250 m²) y 24 m de frente (2 × 12 m), condiciones que esta parcela no reúne. Esta restricción no afecta la viabilidad constructiva del lote. Finalmente, dado que se detectaron zonas limítrofes —Zona A y Zona A1— a menos de 50 m, y que varias ordenanzas recientes (13610 a 13621/2025) modificaron la zona de sectores puntuales de la ciudad, es imprescindible confirmar la zona exacta mediante el certificado de nomenclatura catastral antes de avanzar con el proyecto. Desde la perspectiva del potencial económico y comercial, la Zona B admite un espectro amplio de usos: residencial unifamiliar y colectivo, servicios profesionales —que constituyen el uso prioritario de la zona—, servicios personales y servicios de salud, entre otros 14 usos permitidos. Quedan excluidas todas las categorías industriales. Con una estimación orientativa de 34 unidades vendibles de 65 m² promedio —considerando una eficiencia del 78% sobre los 2.880 m² teóricos— y un requerimiento de cocheras que, según la Ord. 8256/1986 Art. 4.6 y la Ord. 9387/95, asciende a 33 unidades para un edificio de más de 4 unidades funcionales, el proyecto enfrenta el desafío típico de lotes de 12 m de frente: la resolución del núcleo de circulación vertical, los patios de iluminación y la planta de cocheras dentro de una huella contenida. Un programa mixto residencial-servicios profesionales en los primeros pisos puede ser una estrategia válida para este sector, dado que los servicios profesionales son el uso prioritario declarado para la zona; la viabilidad específica de ese mix debe validarse con la Dirección de Planeamiento Urbano.
Recomendaciones
- •Verificar el ancho real de la calle en MapasCórdoba (https://mapascordoba.gob.ar) antes de definir la volumetría: si la calle mide menos de 10 m, el Art. 34 de la Ord. 8256/86 limita la fachada a 8 m de altura y obliga a un retiro de 12 m medido desde el eje de la calle por encima de esa cota, lo que puede afectar significativamente la sección del edificio.
- •Confirmar el retiro de fondo aplicable con la Dirección de Obras Privadas antes de proyectar: ese dato no está definido en la normativa relevada para la Zona B y puede reducir la superficie total construible respecto de los 2.880 m² teóricos publicados en este análisis.
- •Aprovechar la altura de 23,5 m (8 pisos principales) proyectando un edificio entre medianeras con núcleo de circulación central o lateral, optimizando la huella de 288 m² en planta baja para maximizar la cantidad de unidades por piso; los 2 niveles adicionales bajo el plano de 45° se diseñan con plantas menores y son útiles para unidades tipo dúplex, amenities o locales técnicos.
- •Resolver la planta de cocheras —estimadas en 33 unidades según la Ord. 8256/1986 Art. 4.6 y la Ord. 9387/95— en subsuelo, recordando que el subsuelo tiene un máximo edificable del 60% de la superficie del terreno (216 m²) y una obligación de 40% de superficie permeable (144 m²); con esa restricción, pueden ser necesarios dos o más niveles de subsuelo para alojar las 33 cocheras requeridas.
- •Evaluar un programa mixto que combine unidades residenciales colectivas en pisos superiores con servicios profesionales en los primeros niveles, dado que los servicios profesionales son el uso prioritario declarado para la Zona B; validar la distribución de usos y los porcentajes admitidos con la Dirección de Planeamiento Urbano.
- •Confirmar la zona exacta del lote mediante el certificado de nomenclatura catastral en la municipalidad antes de avanzar con el anteproyecto, teniendo en cuenta que se detectaron zonas limítrofes —Zona A y Zona A1— a menos de 50 m del lote y que las Ordenanzas 13610 a 13621/2025 modificaron la zona de sectores puntuales de la ciudad.
Chat normativo con IA
En tu análisis podés hacerle preguntas sobre la normativa de tu zona. Está disponible al generar el análisis de tu lote.
Generá el análisis de tu lote
Mismo nivel de detalle, para tu dirección exacta. Tarda ~30 segundos.
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